Los presentes términos y condiciones documentan los distintos esquemas bajo el programa que HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC (HSBC) ofrece durante la contingencia generada por el virus Covid-19 y que una vez aceptados por usted representan un convenio modificatorio (el Convenio) a sus Créditos Elegibles Inscritos (según dicho término se define más adelante) o la contratación de un nuevo crédito para renovar sus Créditos Elegibles Inscritos. Por favor, lea el Convenio de forma cuidadosa.
El presente resumen tiene por objeto facilitar la lectura del presente documento en el entendido que es su responsabilidad leer las cláusulas que siguen y que representan el acuerdo entre usted y HSBC
1. Aceptación y registro.
2. Productos participantes.
3. Modificación a los contratos originales y clausulado de las renovaciones.
4. Modificación del Convenio aceptado por usted. Una vez que se adhiera al presente Convenio, el mismo sólo podrá ser modificado mediante convenio modificatorio celebrado por escrito con HSBC.
5. Obligaciones del cliente. Al adherirse al presente Convenio, acepta y reconoce estar obligado con HSBC a lo siguiente:
6. Consecuencias generales del Convenio. Mediante la adhesión al presente Convenio, salvo que HSBC le ofrezca otro esquema conforme al numeral 7 siguiente, HSBC le brindará los siguientes apoyos para los Créditos Elegibles Inscritos:
7. Términos y condiciones particulares a los créditos. En adición a lo dispuesto en el numeral 6 anterior, HSBC hace de su conocimiento que los apoyos para los siguientes productos tendrán las siguientes particularidades, las cuales acepta al adherirse al presente Convenio:
8. Dudas y comentarios. En caso de que tenga alguna duda o comentario en relación con los apoyos contenidos en el Convenio, HSBC pone a su disposición los medios de contacto que usted ya conoce.
9. Leyes aplicables y jurisdicción. Para la interpretación, cumplimiento y ejecución de este Convenio, acepta y reconoce someterse a las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos competentes y a los tribunales de la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro.
;Los presentes términos y condiciones documentan los distintos esquemas bajo el programa que HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC (HSBC) ofrece durante la contingencia generada por el virus Covid-19 y que una vez aceptados por usted representan un convenio modificatorio (el Convenio) a sus Créditos Elegibles Inscritos (según dicho término se define más adelante) o la contratación de un nuevo crédito para renovar sus Créditos Elegibles Inscritos. Por favor, lea el Convenio de forma cuidadosa.
El presente resumen tiene por objeto facilitar la lectura del presente documento en el entendido que es su responsabilidad leer las cláusulas que siguen y que representan el acuerdo entre usted y HSBC
1. Aceptación y registro.
2. Productos participantes.
3. Modificación a los contratos originales y clausulado de las renovaciones.
4. Modificación del Convenio aceptado por usted. Una vez que se adhiera al presente Convenio, el mismo sólo podrá ser modificado mediante convenio modificatorio celebrado por escrito con HSBC.
5. Obligaciones del cliente. Al adherirse al presente Convenio, acepta y reconoce estar obligado con HSBC a lo siguiente:
6. Consecuencias generales del Convenio. Mediante la adhesión al presente Convenio, salvo que HSBC le ofrezca otro esquema conforme al numeral 7 siguiente, HSBC le brindará los siguientes apoyos para los Créditos Elegibles Inscritos:
7. Términos y condiciones particulares a los créditos. En adición a lo dispuesto en el numeral 6 anterior, HSBC hace de su conocimiento que los apoyos para los siguientes productos tendrán las siguientes particularidades, las cuales acepta al adherirse al presente Convenio:
8. Dudas y comentarios. En caso de que tenga alguna duda o comentario en relación con los apoyos contenidos en el Convenio, HSBC pone a su disposición los medios de contacto que usted ya conoce.
9. Leyes aplicables y jurisdicción. Para la interpretación, cumplimiento y ejecución de este Convenio, acepta y reconoce someterse a las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos competentes y a los tribunales de la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro.
;Los presentes términos y condiciones documentan el programa que HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC (HSBC) le brindará durante la contingencia generada por el virus Covid-19 y que una vez aceptados por usted representan un convenio de descuento promocional (el Convenio) a sus Créditos Elegibles Inscritos (según dicho término se define más adelante). Por favor, lea el Convenio de forma cuidadosa.
El presente resumen tiene por objeto facilitar la lectura del presente documento en el entendido que es su responsabilidad leer las cláusulas que siguen y que representan el Convenio entre usted y HSBC.
Se entenderá, para todos los efectos legales que tengan lugar, que usted acepta y se adhiere al Convenio respecto de cada uno de sus Créditos Elegibles, en la fecha en que registre los Créditos Elegibles que desee sujetar al programa mediante el formulario contenido en este sitio, por lo que se entenderá que acepta y se adhiere al presente Convenio. Al llenar el formulario manifiesta bajo protesta de decir verdad la necesidad del apoyo. Con independencia de lo anterior, una vez ingresados sus datos en dicho formulario, HSBC evaluará su información y, en su caso, se reserva el derecho de solicitar cualquier documento soporte que acredite la necesidad del apoyo solicitado. HSBC le informará por correo electrónico y/o por los medios de comunicación pactados en su Contrato la aceptación o declinación al presente programa de apoyo. Cada Crédito Elegible que HSBC acepte, se considerará un Crédito Elegible Inscrito y quedará sujeto a lo previsto en el presente Convenio, así como a las condiciones particulares de su contrato original. Los Créditos Elegibles respecto de los que HSBC decline su solicitud quedarán sujetos única y exclusivamente a los términos de su contrato respectivo y no estará sujeto a lo dispuesto en el presente Convenio.
Con independencia de lo anterior, en ciertos casos y dependiendo de lo establecido en las políticas de HSBC, HSBC podrá solicitarle que confirme su adhesión al presente Convenio una vez que el HSBC le informe el alcance del programa de apoyos al cual fue aceptado. En caso de que usted no confirme su adhesión al presente Convenio en el plazo indicado por HSBC y a través de los medios que éste le indique, se entenderá que el presente Convenio no fue aceptado por usted, por lo que los Créditos Elegibles respectivos quedarán sujetos única y exclusivamente a los términos de su contrato original y no estarán sujetos a lo dispuesto en el presente Convenio.
2. Vigencia. La posibilidad de registrar sus créditos en el programa aquí contenido estará disponible hasta el 31 de mayo de 2020.
3. Disposiciones del Convenio. El presente Convenio no implica la novación o sustitución del contrato original y/o convenios modificatorios que usted hubiese suscrito anteriormente. Con la aceptación de este Convenio usted reconoce expresamente las obligaciones que a su cargo se derivan del contrato que documenta el Crédito Elegible Inscrito, convenios modificatorios que usted hubiese suscrito anteriormente y del presente Convenio. HSBC le informa que, a partir de la fecha en que se adhiera al presente Convenio y siempre que HSBC haya aceptado su solicitud, o bien que usted haya confirmado su adhesión al presente Convenio en los casos en que HSBC lo requiera, usted no podrá solicitar revocación del programa de apoyo aquí documentado, por lo que los términos aquí convenidos se entenderán incluidos dentro de los contratos que documenten los créditos objeto de apoyo hasta la conclusión de su respectiva vigencia.
HSBC le informa que los términos y condiciones publicados en este sitio podrán modificarse de tiempo en tiempo. Sin embargo, los términos y condiciones que usted acepte y que constituye el Convenio en relación con los Créditos Elegible Inscritos serán los que hayan estado publicados en el sitio en la fecha en que haya registrado sus Créditos Elegibles. Esto es, las modificaciones a los términos y condiciones publicados en el sitio únicamente aplicarán a Créditos Elegibles que se registren después de su publicación. Por lo anterior le sugerimos conservar una copia del Convenio publicado en el sitio al momento de registrar sus Créditos Elegibles.
Al adherirse al presente Convenio, acepta y reconoce que de incurrir en cualquiera de las causales de vencimiento anticipado pactadas en el contrato que documenta el Crédito Elegible Inscrito y, en su caso, en el presente Convenio, HSBC podrá dar por vencido en forma anticipada el plazo para el pago del crédito, sin necesidad de aviso previo ni de cualquier otro requisito, haciéndose exigible el pago total del saldo adeudado y sus demás consecuencias legales.
4. Obligaciones del cliente. Al adherirse al presente Convenio, acepta y reconoce estar obligado con HSBC a lo siguiente:
a) Suscribir de forma inmediata los documentos físicos o electrónicos que HSBC, en su caso, le haga llegar a través de correo electrónico o al domicilio registrado por HSBC y hacerlos llegar a HSBC en los términos de la solicitud correspondiente.
b) Enviar de forma electrónica los documentos y la información que HSBC le solicite, al correo electrónico que HSBC le informe.
c) En su caso, conservar aquellos documentos físicos que haya suscrito de forma autógrafa y, en la fecha en que HSBC se lo solicite, entregarlos en la sucursal indicada en la notificación correspondiente.
d) Realizar cualquier acto que HSBC le solicite para formalizar el presente Convenio, en la fecha indicada por el banco en la notificación correspondiente.
De conformidad con lo anterior, acepta y reconoce que incumplir con cualquiera de las obligaciones anteriores se entenderá como un incumplimiento a su respectivo contrato de crédito original, por lo que HSBC estará facultado para darlo por vencido anticipadamente en los términos comprendidos en dicho contrato, sin necesidad de aviso previo.
5. Consecuencias del Convenio. Mediante la adhesión al presente Convenio, HSBC le brindará los siguientes apoyos para los Créditos Elegibles Inscritos:
a) El efecto de este Convenio es que usted tendrá un descuento del cincuenta por ciento (50%) sobre el pago total de su amortización mensual y tendrá una duración de cuatro (4) meses no prorrogables, siempre y cuando usted se mantenga al corriente en sus pagos, de no ser así perderá el beneficio de descuento antes referido. Dicho descuento y plazo surtirá efectos a partir del día en que usted acepte el presente Convenio.
b) HSBC no modificará la tasa de interés ordinaria y moratoria convenida en sus créditos.
c) La aceptación del presente Convenio no conlleva cambio alguno respecto al lugar y fechas de pago pactadas en el contrato original y/o convenios modificatorios previamente suscritos.
El acceder a los planes de apoyo por la contingencia actual, no afecta su historial crediticio, se ingresará a la Sociedad de Información Crediticia, solamente una clave de observación dependiendo del plan de apoyo ofrecido por la institución que haya solicitado y haya aceptado, no será reportada como “crédito vencido” y no implica un deterioro en el historial crediticio.
6. Dudas y comentarios. En caso de que tenga alguna duda o comentario en relación con el programa de ayuda contenido en el Convenio, HSBC pone a su disposición los medios de contacto que usted ya conoce.
7. Leyes aplicables y jurisdicción. Para la interpretación y cumplimiento del presente Convenio las partes se someten expresamente a la Legislación y Jurisdicción pactada en el Contrato Original y, en su caso, en sus Convenios Modificatorios, renunciando al fuero por razón de sus domicilios presentes o futuros que pudieran corresponderle.
;Los presentes términos y condiciones documentan el programa que HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC (HSBC) ofrece durante la contingencia generada por el virus Covid-19 y que una vez aceptados por usted representan su solicitud y consentimiento para la contratación de un nuevo crédito con el propósito de renovar sus Créditos Elegibles Inscritos (según dicho término se define más adelante). Por favor, lea los presentes términos y condiciones de forma cuidadosa.
El presente resumen tiene por objeto facilitar la lectura del presente documento en el entendido que es su responsabilidad leer las cláusulas que siguen y que representan el acuerdo entre usted y HSBC.
Al registrar un Crédito Elegible en el sitio www.hsbc.com.mx (Sitio), usted estará presentando una solicitud por un nuevo crédito y otorgando su consentimiento respecto de los términos del contrato correspondiente. Todas las renovaciones se llevarán a cabo a través de créditos simples.
En virtud de lo anterior, es muy importante que usted revise su correo electrónico y el teléfono que haya registrado hasta recibir la aceptación de HSBC o la solicitud de confirmación a que se refiere este párrafo.
1. Aceptación y registro.
A partir de la fecha en que registre los Créditos Elegibles que desee sujetar al programa mediante el formulario contenido en este Sitio se entenderá, para todos los efectos legales que tengan lugar, que usted ha solicitado un crédito para liquidar su Crédito Elegible, por lo que acepta y consiente el clausulado aplicable al nuevo crédito conforme al esquema que HSBC le ofrezca respecto de cada uno de sus Créditos Elegibles, según el mismo le sea notificado.
Cada Crédito Elegible que HSBC acepte será liquidado con los recursos de su nuevo crédito. En dicho caso, su nuevo crédito estará sujeto a lo previsto en los presentes términos y condiciones y al clausulado del contrato de crédito correspondiente. En caso de diferencias, prevalecerá lo dispuesto en el contrato que documente su nuevo crédito. Los Créditos Elegibles respecto de los que HSBC decline su solicitud quedarán sujetos única y exclusivamente a los términos de su contrato original respectivo y no estará sujeto a lo dispuesto en el presente Convenio.
Usted acepta que una vez ingresados sus datos en el formulario contenido en este Sitio, HSBC evaluará su información y determinará, a su entera discreción, si acepta o no su participación en el programa. HSBC le informará la aceptación o declinación al presente programa de apoyo mediante correo electrónico.
Con independencia de lo anterior, en ciertos casos y dependiendo de lo establecido en las políticas del banco, HSBC podrá solicitarle que confirme su adhesión al presente Convenio una vez que HSBC le informe el alcance del esquema al cual fue aceptado. En caso de que usted no confirme su adhesión al presente Convenio en el plazo indicado por HSBC y a través de los medios que éste le indique, se entenderá que no aceptó la oferta realizada por HSBC, por lo que los Créditos Elegibles respectivos quedarán sujetos única y exclusivamente a los términos de su contrato original y no serán renovados.
Al llenar el formulario manifiesta que ha sufrido afectaciones por la contingencia generada por el virus Covid-19.
HSBC se reserva el derecho de solicitar cualquier documento adicional en relación a su Crédito Elegible así como evidencia que acredite la necesidad del apoyo solicitado.
La posibilidad de registrar sus Créditos Elegibles en el programa aquí contenido estará disponible hasta el 31 de mayo de 2020.
2. Productos participantes. Los productos participantes en el presente programa son Crédito Personal HSBC, Crédito de Nómina HSBC y Crédito Inmediauto HSBC que estén clasificados como contablemente vigentes al 28 de febrero de 2020 (cada uno un Crédito Elegible).
3. Clausulado de las renovaciones.
En la fecha en que HSBC le notifique su aceptación al programa o, según se requiera, en la fecha en que usted confirme el esquema ofrecido por HSBC, se tendrá por celebrado el nuevo contrato de crédito. En relación con lo anterior, usted instruye expresa e irrevocablemente a HSBC a aplicar los recursos del nuevo crédito al pago del Crédito Elegible correspondiente.
Tratándose de la renovación de créditos simples, el clausulado del nuevo crédito será el mismo que el del Crédito Elegible renovado; tratándose de renovaciones de créditos revolventes, el nuevo crédito será un crédito simple de la misma naturaleza de su crédito revolvente, es decir, el crédito revolvente de nómina será sustituido por un crédito simple de nómina y el crédito revolvente personal por un crédito simple personal. HSBC le hará saber el clausulado de su crédito en el proceso de renovación aquí establecido. Con la aceptación de este Convenio usted reconoce expresamente las obligaciones que a su cargo se derivan del contrato de crédito que documentará el nuevo crédito, por lo cual, durante el período de suspensión pactado en el nuevo crédito no podrá correr a su favor ningún plazo prescriptivo de las obligaciones contraídas en dicho instrumento.
HSBC le informa que, a partir de la fecha en que inscriba su Crédito Elegible al programa y siempre que HSBC haya aceptado su solicitud, o bien que usted haya confirmado su adhesión al Programa en los casos en que HSBC lo requiera, usted no podrá solicitar revocación del programa de apoyo aquí documentado, por lo que los términos financieros aplicables a su Crédito Elegible serán los de su nuevo contrato.
HSBC le informa que los términos y condiciones publicados en este Sitio podrán modificarse de tiempo en tiempo. Sin embargo, los términos y condiciones que le serán aplicable son los que se encuentren publicados en el Sitio en la fecha en que haya registrado sus Créditos Elegibles. Esto es, las modificaciones a los términos y condiciones publicados en el Sitio únicamente aplicarán a Créditos Elegibles que se registren después de su publicación. Por lo anterior le sugerimos conservar una copia de los términos y condiciones publicado en el Sitio al momento de registrar sus Créditos Elegibles. HSBC se reserva el derecho de, mas no estará obligado a, otorgarle beneficios establecidos en términos y condiciones publicados con posterioridad siempre que estos representen condiciones más favorables a las que le hayan sido aplicables al momento de inscribirse.
Al inscribir su crédito en el sitio acepta y reconoce que de incurrir en cualquiera de las causales de vencimiento anticipado pactadas en el contrato original que documenta el Crédito Elegible Inscrito o en el nuevo crédito, HSBC podrá dar por vencido en forma anticipada el plazo para el pago del crédito, sin necesidad de aviso previo ni de cualquier otro requisito, haciéndose exigible el pago total del saldo adeudado y sus demás consecuencias legales.
4. Modificación de los términos que le son aplicables. Una vez que se adhiera a los presentes términos y condiciones los mismos sólo podrán ser modificados mediante convenio modificatorio celebrado por escrito con
HSBC. Asimismo, la modificación de su nuevo contrato de crédito estará sujeta a los términos señalados en dicho contrato de crédito.
5. Obligaciones del cliente. Al inscribir su Crédito Elegible en el Sitio, usted acepta y se obliga con HSBC a lo siguiente:De conformidad con lo anterior, acepta y reconoce que incumplir con cualquiera de las obligaciones anteriores se entenderá como un incumplimiento a su respectivo contrato original de crédito o nuevo crédito, según corresponda, por lo que HSBC estará facultado para darlo por vencido anticipadamente en los términos comprendidos en dicho contrato.
6. Términos de la renovación.
7. Dudas y comentarios. En caso de que tenga alguna duda o comentario en relación con los apoyos contenidos en estos términos y condiciones, HSBC pone a su disposición los medios de contacto que usted ya conoce.
8. Leyes aplicables y jurisdicción. Para la interpretación, cumplimiento y ejecución de estos términos y condiciones, acepta y reconoce someterse a las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos competentes y a los tribunales de la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro.
;Los presentes términos y condiciones documentan el programa que HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC (HSBC) ofrece durante la contingencia generada por el virus Covid-19 y que una vez aceptados por usted representan su solicitud y consentimiento para la contratación de un nuevo crédito con el propósito de renovar sus Créditos Elegibles Inscritos (según dicho término se define más adelante). Por favor, lea los presentes términos y condiciones de forma cuidadosa.
El presente resumen tiene por objeto facilitar la lectura del presente documento en el entendido que es su responsabilidad leer las cláusulas que siguen y que representan el acuerdo entre usted y HSBC.
Al registrar un Crédito Elegible en el sitio www.hsbc.com.mx (Sitio), usted estará presentando una solicitud por un nuevo crédito y otorgando su consentimiento respecto de los términos del contrato correspondiente. Todas las renovaciones se llevarán a cabo a través de créditos simples.
En virtud de lo anterior, es muy importante que usted revise su correo electrónico y el teléfono que haya registrado hasta recibir la aceptación de HSBC o la solicitud de confirmación a que se refiere este párrafo.
1. Aceptación y registro.
A partir de la fecha en que registre los Créditos Elegibles que desee sujetar al programa mediante el formulario contenido en este Sitio se entenderá, para todos los efectos legales que tengan lugar, que usted ha solicitado un crédito para liquidar su Crédito Elegible, por lo que acepta y consiente el clausulado aplicable al nuevo crédito conforme al esquema que HSBC le ofrezca respecto de cada uno de sus Créditos Elegibles, según el mismo le sea notificado.
Cada Crédito Elegible que HSBC acepte será liquidado con los recursos de su nuevo crédito. En dicho caso, su nuevo crédito estará sujeto a lo previsto en los presentes términos y condiciones y al clausulado del contrato de crédito correspondiente. En caso de diferencias, prevalecerá lo dispuesto en el contrato que documente su nuevo crédito. Los Créditos Elegibles respecto de los que HSBC decline su solicitud quedarán sujetos única y exclusivamente a los términos de su contrato original respectivo y no estará sujeto a lo dispuesto en el presente Convenio.
Usted acepta que una vez ingresados sus datos en el formulario contenido en este Sitio, HSBC evaluará su información y determinará, a su entera discreción, si acepta o no su participación en el programa. HSBC le informará la aceptación o declinación al presente programa de apoyo mediante correo electrónico.
Con independencia de lo anterior, en ciertos casos y dependiendo de lo establecido en las políticas del banco, HSBC podrá solicitarle que confirme su adhesión al presente Convenio una vez que HSBC le informe el alcance del esquema al cual fue aceptado. En caso de que usted no confirme su adhesión al presente Convenio en el plazo indicado por HSBC y a través de los medios que éste le indique, se entenderá que no aceptó la oferta realizada por HSBC, por lo que los Créditos Elegibles respectivos quedarán sujetos única y exclusivamente a los términos de su contrato original y no serán renovados.
Al llenar el formulario manifiesta que ha sufrido afectaciones por la contingencia generada por el virus Covid-19.
HSBC se reserva el derecho de solicitar cualquier documento adicional en relación a su Crédito Elegible así como evidencia que acredite la necesidad del apoyo solicitado.
La posibilidad de registrar sus Créditos Elegibles en el programa aquí contenido estará disponible hasta el 31 de mayo de 2020.
2. Productos participantes. Los productos participantes en el presente programa son Crédito Personal HSBC, Crédito de Nómina HSBC y Crédito Inmediauto HSBC que estén clasificados como contablemente vigentes al 28 de febrero de 2020 (cada uno un Crédito Elegible).
3. Clausulado de las renovaciones.
En la fecha en que HSBC le notifique su aceptación al programa o, según se requiera, en la fecha en que usted confirme el esquema ofrecido por HSBC, se tendrá por celebrado el nuevo contrato de crédito. En relación con lo anterior, usted instruye expresa e irrevocablemente a HSBC a aplicar los recursos del nuevo crédito al pago del Crédito Elegible correspondiente.
Tratándose de la renovación de créditos simples, el clausulado del nuevo crédito será el mismo que el del Crédito Elegible renovado; tratándose de renovaciones de créditos revolventes, el nuevo crédito será un crédito simple de la misma naturaleza de su crédito revolvente, es decir, el crédito revolvente de nómina será sustituido por un crédito simple de nómina y el crédito revolvente personal por un crédito simple personal. HSBC le hará saber el clausulado de su crédito en el proceso de renovación aquí establecido. Con la aceptación de este Convenio usted reconoce expresamente las obligaciones que a su cargo se derivan del contrato de crédito que documentará el nuevo crédito, por lo cual, durante el período de suspensión pactado en el nuevo crédito no podrá correr a su favor ningún plazo prescriptivo de las obligaciones contraídas en dicho instrumento.
HSBC le informa que, a partir de la fecha en que inscriba su Crédito Elegible al programa y siempre que HSBC haya aceptado su solicitud, o bien que usted haya confirmado su adhesión al Programa en los casos en que HSBC lo requiera, usted no podrá solicitar revocación del programa de apoyo aquí documentado, por lo que los términos financieros aplicables a su Crédito Elegible serán los de su nuevo contrato.
HSBC le informa que los términos y condiciones publicados en este Sitio podrán modificarse de tiempo en tiempo. Sin embargo, los términos y condiciones que le serán aplicable son los que se encuentren publicados en el Sitio en la fecha en que haya registrado sus Créditos Elegibles. Esto es, las modificaciones a los términos y condiciones publicados en el Sitio únicamente aplicarán a Créditos Elegibles que se registren después de su publicación. Por lo anterior le sugerimos conservar una copia de los términos y condiciones publicado en el Sitio al momento de registrar sus Créditos Elegibles. HSBC se reserva el derecho de, mas no estará obligado a, otorgarle beneficios establecidos en términos y condiciones publicados con posterioridad siempre que estos representen condiciones más favorables a las que le hayan sido aplicables al momento de inscribirse.
Al inscribir su crédito en el sitio acepta y reconoce que de incurrir en cualquiera de las causales de vencimiento anticipado pactadas en el contrato original que documenta el Crédito Elegible Inscrito o en el nuevo crédito, HSBC podrá dar por vencido en forma anticipada el plazo para el pago del crédito, sin necesidad de aviso previo ni de cualquier otro requisito, haciéndose exigible el pago total del saldo adeudado y sus demás consecuencias legales.
4. Modificación de los términos que le son aplicables. Una vez que se adhiera a los presentes términos y condiciones los mismos sólo podrán ser modificados mediante convenio modificatorio celebrado por escrito con
HSBC. Asimismo, la modificación de su nuevo contrato de crédito estará sujeta a los términos señalados en dicho contrato de crédito.
5. Obligaciones del cliente. Al inscribir su Crédito Elegible en el Sitio, usted acepta y se obliga con HSBC a lo siguiente:De conformidad con lo anterior, acepta y reconoce que incumplir con cualquiera de las obligaciones anteriores se entenderá como un incumplimiento a su respectivo contrato original de crédito o nuevo crédito, según corresponda, por lo que HSBC estará facultado para darlo por vencido anticipadamente en los términos comprendidos en dicho contrato.
6. Términos de la renovación.
7. Dudas y comentarios. En caso de que tenga alguna duda o comentario en relación con los apoyos contenidos en estos términos y condiciones, HSBC pone a su disposición los medios de contacto que usted ya conoce.
8. Leyes aplicables y jurisdicción. Para la interpretación, cumplimiento y ejecución de estos términos y condiciones, acepta y reconoce someterse a las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos competentes y a los tribunales de la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro.
;Los presentes términos y condiciones documentan el programa que HSBC México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero HSBC (HSBC) le brindará durante la contingencia generada por el virus Covid-19 y que una vez aceptados por usted representan un convenio modificatorio (el Convenio) al contrato original de sus Créditos Elegibles Inscritos (según dicho término se define más adelante). Por favor, lea el Convenio de forma cuidadosa.
El presente resumen tiene por objeto facilitar la lectura del presente documento en el entendido que es su responsabilidad leer las cláusulas que siguen y que representan el acuerdo entre usted y HSBC
1. Aceptación y registro.Se entenderá, para todos los efectos legales que tengan lugar, que usted acepta y se adhiere al Convenio respecto de cada uno de sus Créditos Elegibles, en la fecha en que registre los Créditos Elegibles que desee sujetar al programa mediante el envío de su solicitud vía correo electrónico o mediante el formulario contenido en este Sitio, por lo que se entenderá que acepta y se adhiere al presente Convenio. Al enviar su solicitud vía correo electrónico o al llenar el formulario manifiesta bajo protesta de decir verdad la necesidad del apoyo. Con independencia de lo anterior, una vez enviados sus datos a través del correo electrónico referido o ingresado sus datos en el formulario, HSBC evaluará su información y, en su caso, se reserva el derecho de solicitar cualquier documento soporte que acredite la necesidad del apoyo solicitado. HSBC le informará la aceptación o declinación al presente programa de apoyo. Cada Crédito Elegible que HSBC acepte, se considerará un Crédito Elegible Inscrito y quedará sujeto a lo previsto en el presente Convenio, así como a las condiciones particulares para sus créditos. Los Créditos Elegibles respecto de los que HSBC decline su solicitud quedarán sujetos única y exclusivamente a los términos de su contrato original respectivo y no estará sujeto a lo dispuesto en el presente Convenio.
2. Productos participantes. Los productos participantes en el presente programa son Crédito Capital de Trabajo HSBC Fusion y Tarjeta de Crédito HSBC Fusion (cada uno un Crédito Elegible), que estén clasificados como contablemente vigentes al 28 de febrero de 2020.
3. Modificación a los contratos originales. En la fecha en que se adhiera al presente Convenio, el o los Créditos Elegibles Inscritos que registró al programa de apoyo, serán modificados únicamente en los términos y condiciones que aquí se establecen expresamente.
Por ello, la modificación a los contratos respectivos no implicará su novación o sustitución del contrato original, por lo que el clausulado de esos contratos que no sea objeto de modificación expresa conforme al presente Convenio, mantendrá su vigencia y fuerza legal, de conformidad con los términos de contratación original. Con la aceptación de este Convenio usted reconoce expresamente las obligaciones que a su cargo se derivan del contrato que documenta el Crédito Elegible Inscrito y del presente Convenio, por lo cual, durante el período de suspensión pactado en este Convenio, no podrá correr a su favor ningún plazo prescriptivo de las obligaciones contraídas en dichos instrumentos.
HSBC le informa que, a partir de la fecha en que se adhiera al presente Convenio y siempre que HSBC haya aceptado su solicitud, o bien que usted haya confirmado su adhesión al presente Convenio en los casos en que HSBC lo requiera, usted no podrá solicitar revocación del programa de apoyo aquí documentado, por lo que los términos aquí convenidos se entenderán incluidos dentro de los contratos que documenten los créditos objeto de apoyo hasta la conclusión de su respectiva vigencia.
HSBC le informa que los términos y condiciones publicados en el Sitio podrán modificarse de tiempo en tiempo. Sin embargo, los términos y condiciones que usted acepte y que constituyen el Convenio en relación con los Créditos Elegible Inscritos serán los que hayan estado publicados en el Sitio en la fecha en que haya registrado sus Créditos Elegibles o los que hubiese recibido por parte de HSBC en la referida fecha. Esto es, las modificaciones a los términos y condiciones publicados en el Sitio únicamente aplicarán a Créditos Elegibles que se registren después de su publicación. Por lo anterior le sugerimos conservar una copia del Convenio publicado en el Sitio al momento de registrar sus Créditos Elegibles.
Al adherirse al presente Convenio, acepta y reconoce que de incurrir en cualquiera de las causales de vencimiento anticipado pactadas en el contrato original que documenta el Crédito Elegible Inscrito y, en su caso, en el presente Convenio, HSBC podrá dar por vencido en forma anticipada el plazo para el pago del crédito, sin necesidad de aviso previo ni de cualquier otro requisito, haciéndose exigible el pago total del saldo adeudado y sus demás consecuencias legales.
4. Modificación del Convenio aceptado por usted. Una vez que se adhiera al presente Convenio, el mismo sólo podrá ser modificado mediante convenio modificatorio celebrado por escrito con HSBC.
5. Obligaciones del cliente. Al adherirse al presente Convenio, acepta y reconoce estar obligado con HSBC a lo siguiente:
De conformidad con lo anterior, acepta y reconoce que incumplir con cualquiera de las obligaciones anteriores se entenderá como un incumplimiento a su respectivo contrato de crédito original, por lo que HSBC estará facultado para darlo por vencido anticipadamente en los términos comprendidos en dicho contrato.
6. Consecuencias generales del Convenio. Mediante la adhesión al presente Convenio, HSBC le brindará los siguientes apoyos para los Créditos Elegibles Inscritos:
Adicionalmente, HSBC le informa que la adhesión al presente Convenio no implica modificaciones contractuales a sus créditos que tengan como consecuencia la capitalización de intereses (salvo por lo indicado en la cláusula siguiente) o el cobro de comisiones por la celebración del mismo.
7. Términos y condiciones particulares del programa. En adición a lo anterior, HSBC hace de su conocimiento que el programa de ayuda para los productos antes referidos tendrán las siguientes particularidades, las cuales acepta al adherirse al presente Convenio:
8. Dudas y comentarios. En caso de que tenga alguna duda o comentario en relación con los apoyos contenidos en el Convenio, HSBC pone a su disposición los medios de contacto que usted ya conoce.
9. Leyes aplicables y jurisdicción. Para la interpretación, cumplimiento y ejecución de este Convenio, acepta y reconoce someterse a las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos y a los tribunales en la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle en razón de su domicilio presente o futuro.
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